Artículo 1 · Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
Naturaleza y objeto. Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.
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El texto oficial, literal
El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, de naturaleza directa y subjetiva, grava los incrementos patrimoniales obtenidos a título lucrativo por personas físicas, en los términos previstos en la presente Ley.
De dónde sale
- — Norma: Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
- — Esta redacción rige desde el 01/01/1988, y sigue vigente.
- — Quedó así por BOE-A-1987-28141.
- — Texto consolidado en el BOE: https://www.boe.es/eli/es/l/1987/12/18/29#a1 ↗
Qué artículos remiten a este
[Artículo 13 ISD](/articulos/13-isd) — Deudas deducibles
Alrededor, en la misma ley
El siguiente: artículo 2 ISD